Hola Paz.
Supongo que es tal cual lo has comentado, porque dice:
3º…… el Ministerio de Justicia, en colaboración con las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas, comenzará a incorporar al expediente de los
aprobados los demás méritos a los que se refieren los apartados A, C y D del Anexo I-B.
4º. Transcurrido el plazo de 20 días hábiles al que se refiere el apartado 1º, se
abrirá un nuevo plazo para la aportación, por el mismo aplicativo telemático, de las
titulaciones o certificaciones académicas de entre las valoradas en el apartado A del
Anexo I-B, únicamente para aquellos opositores que en su solicitud inicial de
participación no hayan prestado su consentimiento para que el órgano gestor del
proceso selectivo pueda verificarlas de oficio. Solo los opositores indicados tendrán
acceso al aplicativo telemático.
Mi libro “La pausa del opositor”
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¿Todos somos capaces de opositar?
¿Merecerá la pena tanto sacrificio?
¿Y si no apruebo y estoy malgastando tiempo y dinero?
¿Estoy perdiendo el tiempo con una mala planificación?
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