Exención de tasas para desempleados (cómo echar la instancia para las oposiciones de Justicia)
Todos aquellos opositores que deseéis examinaros para la próxima convocatoria de Justicia, tenéis hasta el 3 de enero de 2018 para echar la instancia para optar a una de las plazas de la Oferta de Empleo Público 2016.
Si vais a presentaros a varios Cuerpos (Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial) tenéis que hacer el pago de las tasas correspondientes a los Cuerpos que vayáis a presentaros. Tenéis el importe de las tasas y los pasos a seguir para echar las instancias en este artículo.
Aquellos demandantes de empleo que deseen acogerse a la exención del pago de tasas, deberán hacer una serie de trámites que tenéis descrito en las bases de la convocatoria. A continuación, os aclaro cuáles son estos trámites para optar a la exención del pago de tasas para las oposiciones de Justicia.
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¿Qué personas pueden pedir la exención del pago de tasas por desempleado?
Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria (es decir, estar inscrito como demandante de empleo desde antes del 30 de octubre de 2017).
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
¿Qué documentos necesito para acreditar que soy desempleado y optar a la exención de la tasa?
Si cumples los requisitos descritos en el párrafo anterior necesitas adjuntar a la solicitud telemática estos documentos:
- Certificación acreditativa de demandante de empleo.
Tienes que solicitarla en las oficinas de los servicios públicos de empleo de tu localidad (INEM, etc…). En dicho certificado tiene que estar especificado:
1) Que el solicitante figura como demandante de empleo desde (fecha que corresponda).
2) Que durante el tiempo que figura como demandante de empleo el solicitante no ha rechazado oferta de empleo adecuado ni se ha negado a participar (salvo causa justificada), en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
2. Declaración jurada
Este documento lo elabora el propio opositor en un documento en blanco con el siguiente contenido:
Don …., titular del DNI …., vecino de … y con domicilio en …., Teléfono ….. , declaro bajo juramento (o prometo):
Que carezco de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional vigente para 2017.
Y para que conste, a los efectos de exención del pago de la tasa de derecho de examen para participar en el proceso selectivo de ……), firmo la presente en (localidad) a …. de …. de 2017
(firma del opositor)
¿Qué necesito marcar en la instancia telemática?
En la instancia telemática debéis marcar «desempleo» y, a continuación, aparece la opción de adjuntar documentos. Es decir, aunque presentemos la instancia de forma telemática, podemos añadir los documentos que nos piden a la solicitud.
Si os surgen dudas, no os olvidéis, que quien tiene la última palabra es el Ministerio. Para contactar con el Ministerio de Justicia han habilitado estos dos teléfonos: 902 007 214 y 918372295.
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¡Feliz estudio a todos!
P
Onus probandi (@onus__probandi)
Yo según deduzco de las bases de la convocatoria y la propia instancia, hay dos opciones:
1) o presentas la documentación de estar desempleado
2) o autorizas a la administración a que ella misma lo compruebe
Esto dice la instancia:
«CONSIENTE que el centro gestor del proceso de selección y nombramiento acceda a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad y a los exclusivos efectos de facilitar la verificación de los datos de identificación personal, titulación y condición de demandante de empleo consignados en esta instancia.»
Onus probandi (@onus__probandi)
Y esto es lo que dicen las bases:
«No será necesario presentar la documentación acreditativa para la exención o reducción de tasa en los supuestos especificados en el Anexo III de esta convocatoria, que será recabada de oficio por el órgano gestor, salvo que no consienta el solicitante.»
«En caso de NO PRESTAR EL CONSENTIMIENTO al órgano gestor se deberá hacer constar en la casilla que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la solicitud.»
¿Es correcto mi planteamiento o de todas formas hay que presentar los documentos sí o sí?
Patricia Israel
Hola!
Tienes toda la razón… lo cierto es que no queda demasiado claro, por eso he reformado el artículo. Según otros años y otras oposiciones, la única opción que había es la de adjuntar los dos documentos pero es cierto, que en estas bases parece que existen las dos opciones… Mi consejo es que no os arriesguéis y que lo hagáis lo más completo posible o bien, intentad hablad con el Ministerio por teléfono para salir de dudas. Si obtengo alguna información oficial en los próximos días, modificaré el artículo y lo aclararé.
Un saludo!
Patricia
Sonia
Hola Patricia, lo primero Gracias por estas explicaciones?
Y lo Segundo que quería preguntarte es que qué hacemos con esos documentos? Como lo entregamos si hacemos la instancia de forma telematica? Hay alguna posibilidad para subir este tipo de documentos?
Muchas gracias.
Patricia Israel
Hola Sonia,
Sí, en la instancia telemática tienes la opción de adjuntar documentos. Si los tienes en papel, debes escanearlos y adjuntarlos a la instancia.
Un saludo!
Patricia
Laura
Perdona, pero para el certificado en el que aparezcan esos datos, se puede obtener de las oficinas de servicios públicos de empleo? Es que en la página para pedir cita me indica lo siguiente: https://sede.sepe.gob.es/citaprevia/solicitudCitaPrevia.do
es decir que los certificados no están disponibles por cita previa
Patricia Israel
Hola Laura,
Pide cita previa para cualquier otro trámite y que te informen, por si necesitas pedir cita previa en otro sitio…
Un saludo!
Patricia
Pablo
Hola, Patricia.
Yo acabo de llamar al Ministerio porque tenía la misma duda sobre la presentación de los documentos. Me han dicho que hay que hacer las dos cosas, adjuntar tanto el certificado como la declaración jurada y también prestar el consentimiento. Lo mejor será hacerlo todo para evitar problemas.
¿El certificado que piden es el de «Informe negativo de rechazos», verdad? Yo lo he obtenido desde la web del servicio de empleo, pero no sé si tendría que ir a la oficina para pedirlo allí (yo supongo que sería el mismo documento).
Muchas gracias!
Patricia Israel
Hola Pablo!
Te agradezco mucho que compartas la información que te ha dado el Ministerio con nosotros. Ahora puedo aclarar el artículo 😉
Lo importante del certificado es que el contenido sea:
1) Que el solicitante figura como demandante de empleo desde (fecha que corresponda).
2) Que durante el tiempo que figura como demandante de empleo el solicitante no ha rechazado oferta de empleo adecuado ni se ha negado a participar (salvo causa justificada), en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
Desconozco si se llama «Informe negativo de rechazos» pero mira bien el contenido a ver si coincide.
un saludo!
Patricia
Onus probandi (@onus__probandi)
Pues vaya chapuceros, ¿para qué ponen en las bases entonces que no es necesario presentar la documentación? Que lo dejen claro en las bases o que cuando rellenes la instancia y pinches la opción de desempleado no te deje finalizar la instancia si no adjuntas documentos para que te des cuenta.
En fin, creo Patricia que vas a tener que ir haciendo un post de cómo subsanar errores… jajaja.
Onus probandi (@onus__probandi)
Una pregunta, ¿cuando solicitais el certificado en la oficina os estampan algún sello de tinta? Acabo de darme cuenta que en el servicio de empleo de comunidad autónoma puedo imprimirme yo mismo desde casa los certificados que piden en la oposición, pero no sé si tendrán la misma validez.
Patricia Israel
Yo no sé decirte… a ver si alguien por aquí te lo puede contestar 🙂
Sara
Acabo de ir a la oficina de empleo a por el certificado y sí es ese que dices,el informe negativo de rechazos, es el que me han dado y figura la fecha de alta como demandante de empleo y que no has rechazado ofertas y demás. Me han dicho que sirve perfectamente ?
Carmen
Buenos dias.la fecha de la convocatoria que dia es exactamente. Gracias
Patricia Israel
Hola Carmen,
La fecha de la Orden por la que se convocó el proceso selectivo es: «Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre» se publicó en el BOE el 30 de noviembre.
un saludo!
Patricia
Pilar
Hola ! El certificado que se pide en la oficina de empleo ha de ir firmado por el responsable ( supongo que de la oficina , o de ese área ) y lleva sello. El mio es así y los de personas que conozco en la misma situación, también.
El encabezado del certificado es el siguiente: INFORME DE INSCRIPCIÓN Y SIN RECHAZO A OFERTAS O ACCIONES DE ORIENTACIÓN, INSERCIÓN Y FORMACIÓN
Patricia Israel
Gracias por compartir la información Pilar!
Isa
Btardes Patricia, xfavor me puedes confirmar con alguien q conozcas de bazan online, si se pueden imprimir de alguna manera los test online para hacerlos sobre papel??muchas gracias
Patricia Israel
Hola Isa,
Yo creo que no se puede pero a ver si por aquí alguien te puede aclara la duda 🙂
Un saludo!
Patricia
FATIMA
Buenas tardes, mi nombre es Fátima 🙂
A mi me ha surgido un problema, o eso creo.
Yo he realizado la inscripción tal y como comentas, paso a paso, y al final sale una ventana diciendo que la inscripción se ha realizado correctamente. Pero al comprobar el justificante de registro, en la zona de documentos adjuntos a la solicitud me pone «No existen documentos anexos»….. No se si me admitirán o tendré que reclamar… ¿¿a alguien le ha pasado algo parecido??
Patricia Israel
Hola Fátima,
Pero ¿has adjuntado algún documento a la solicitud? Si no lo has tenido que adjuntar, no tiene que haber documentos adjuntos en el justificante.
Un saludo!
Patricia
Sara
Hola. Entonces son sólo esos dos documentos? Porque al ponerme a echar la solicitud y marcar la casilla de desempleo, sale un recuadro amarillo diciendo que hay que aportar tres documentos, aparte de esos dos que mencionáis, el primero de la lista es un justificante de desempleo…
Patricia Israel
Hola Sara,
Sí, lo importante es que estén los dos puntos que he puesto en el artículo, ya sea en un sólo certificado y en dos certificados diferentes, más la declaración jurada.
Un saludo!
Patricia
Sara
Muchas gracias ?
Ana
Buenos días! Lo primero enhorabuena por tu blog!
Quería preguntaros una cosa que me ha pasado al echar la instancia, no sé si a alguno le habrá pasado. Haciendo la inscripción de tramitación he adjuntado los dos documentos y que pide como dos documentos separados (la declaración jurada y el certificado), pero al validar me pone que sólo he adjuntado uno. He llamado y desde el ministerio dicen que envíe la información por correo ordinario pero no me fío mucho de correos. ¿Debería presentar una incidencia y adjuntar la información necesaria en papel? Muchas gracias!!!
Patricia Israel
Hola Ana,
Yo haría lo que te ha dicho el Ministerio. Envíala con correo certificado con acuse de recibo y así tendrás la prueba de que se ha enviado.
Un saludo!
Patricia
Onus probandi (@onus__probandi)
¿A qué dirección te dijeron de enviarla?
Monipeni RG
Buenos días:
He visto tu blog y me parece muy útil. Yo tengo una duda a la hora de poner en la solicitud los datos académicos. TengoTitulo de Graduado Escolar, Bachiller y también Diplomatura y a la hora de realizar la solicitud de auxilio tendría que clickear Bachiller ? o tendría que clickear Diplomatura?. Y en el caso de Tramitación la misma pregunta.Se que es algo básico pero son muy puntillosos. Exactamente que es lo que debo de marcar en los dos casos.?
Y sobre que durante el tiempo que figure el demandante de empleo no ha rechazado oferta de empleo, Pilar me ha resuelto la duda y es asi. Yo tampoco sabia y efectivamente en la Oficina de empleo puedes solicitarlo y también me lo han sellado.
Gracias
Patricia Israel
Hola!
Según las instrucciones que están dejando los sindicatos estos días sobre rellenar la instancia, parece que valen las dos opciones: tanto que pongas el título superior que tengas como que pongas, en mínimo requerido para la oposición. Te dejo el enlace: https://drive.google.com/file/d/1-CIl009rmeuiXSZKoIQtK_E0zBE6fROL/view
Jorge
Buenas tardes , tengo rellenado el impreso para aux. Y veo que en la casilla 15 pone AUX.JUDICIAL pero al generar la solicitud en PDF aparece vacía , os pasa a alguien más ? Gracias
Marta
Buenas tardes, revisando mi resguardo de la instancia, he visto que hay adjunto un documento, el cual yo no he adjuntado o no he querido adjuntar. Me he metido de nuevo en la sede electrónica para ver qué documento era, y no se me descarga nada, sin embargo en el resguardo sí me aparece adjuntado un documento. ¿Qué hago?
Gracias.
Patricia Israel
Hola Marta!
Que raro! No será el mismo resguardo que viene como documento adjunto?
Patricia
Alfonso
Mi problema es que creí que no era necesario adjuntar nada porque tienen autorización para consultar mis datos personales (no conocía este blog?). ¿Ahora que puedo hacer ya que hice mi instancia por certificado electrónico hace un año. ¿Tengo plazo hasta el 4 de enero, o hasta el 3 de enero para adjuntar los documentos?
Patricia Israel
Hola Alfonso,
Una vez que ya has enviado la instancia, ya no puedes modificarla. Puedes llamar al Ministerio a ver si te dan la opción de presentarlo en papel o bien, esperar al plazo para subsanar errores.
Un saludo!
Patricia
Evora
Hola, tenia una duda, no se si le habrá pasado a alguien.
Yo hice la inscripción de Auxilio judicial y pagué las tasas, pero estoy desempleada, error mio de no darme cuenta 🙁 ahora quiero hacer una nueva inscripción y no me deja, sabeis si puedo reclamar las tasas y hacer la inscripción de nuevo, tengo que esperar a que salgan las listas de admitidos y reclamar?
No se si me merece la pena pero por intentarlo no pierdo nada.
Gracias de antemano, me parece muy útil tu blog.
Saludos
Patricia Israel
Hola!
Una vez que ya has echado la inscripción, no puedes hacerla de nuevo. Yo creo que no hay forma de subsanar esto que comentas.
Un saludo!
Patricia
Rayco
Buenas!
Habían cosas que enviar que no sabía, con presentarlas en el plazo de subsanacion lo soluciono?? Porque vaya metedura de pata…
Patricia Israel
Hola!
Depende de lo que te falte… espera a ver que salgan las listas.
Un saludo!
Patricia
María
Hola, mi pregunta es que puse que era desempleada , pero el mes pasado fue el último que cobre el paro y es mayor que el salario mínimo. ¿Se podría subsanar ese error y pagarlo en caso que salga excluida?¿o ese caso no dejan subsanarlo?
Patricia Israel
Hola María,
No sé decirte… sé que hay errores subsanables y otros no… a ver si alguien por aquí te lo sabe responder.
Un saludo!
Patricia
MCarmen FGil
Buenos días, resulta que no acredité mi condición de desempleada, y no sabía que uno de los requisitos para cumplir esta condición era que tenía que estar inscrita como demandante antes del 30 de Octubre. Obviamente, figuro en la lista de inadmitidos. Cómo puedo obtener ahora los datos para pagar la tasa de exámen?
un saludo. y gracias
Patricia Israel
Hola!
Acabo de actualizar el post de ayer con información sobre cómo subsanar errores según CCOO.
Espero que te sea útil.
Un saludo,
Patricia
Elena Bravo Fernandez
Buenos días de nuevo.
Me presento por primera vez a un examen de oposición y me gustaría saber cómo entender la información de las bases de la convocatoria. las cuales datan : 8.7 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al Salario Mínimo Profesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
Me gustaría saber igual que especifica la fecha de anterioridad que debes estar inscrita al paro para poder estar exento del pago de tasas, cuál debe ser la fecha en la que has recibido los últimos ingresos? Mi convocatoria acaba de salir con fecha de 1 de abril de 2019. Es para saber si piden los ingresos de todo el 2018.
Muchas gracias por tu ayuda.
Patricia Israel
Hola!
Esto es mejor que llames a tu ministerio y que lo consultes bien con ellos porque en cada bases puede especificar una cosa distinta…
Un saludo,
Patricia Israel
Maca
hola