Aprobar más de una oposición ¿qué ocurre?
Con la publicación de los aprobados de la fase de oposición de Gestión Procesal y Tramitación Procesal, muchos opositores de Justicia se están haciendo esta pregunta: ¿Qué ocurre por aprobar más de una oposición? Es decir,
¿qué pasa si un opositor aprueba Gestión Procesal y Tramitación Procesal? ¿Qué opciones tiene?
En el siguiente post, os cuento las opciones que existen en los Cuerpos Generales de Justicia, si un aspirante aprueba más de una oposición en la misma o en diferente convocatoria.
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Primera opción: Renunciar a una plaza
Efectivamente, si apruebas dos o tres oposiciones de los Cuerpos Generales de Justicia, no puedes ocupar más de una plaza de forma simultánea. Por ello, la primera opción que tienes es renunciar a la plaza (o plazas) que prefieras. La administración no te impone en qué plaza de las aprobadas, debes trabajar. Una vez que apruebas en un determinado Cuerpo y en un ámbito territorial específico, tú tienes derecho a esas plazas. Por ello, puedes elegir en cuál quieres trabajar.
Si eliges la opción de renunciar a una determinada plaza, ya no podrás disponer de ella más adelante. Es decir, la única forma de volver a tener acceso a ese Cuerpo, sería volverte a presentar a la oposición.
La ventaja de esta opción, es que dejas esa a la que renuncias, libre de forma permanente. Por ello, esa plaza será asignada al siguiente opositor que se quedó sin plaza de la lista de calificaciones.
Segunda opción: Excedencia
Como sabéis, los funcionarios de los Cuerpos Generales de Justicia, tienen derecho a pedir excedencias por diferentes causas. Una de ellas, es por estar ocupando otra plaza en el sector público.
En el caso de aprobar más de una oposición, ésta es la opción más frecuente entre los funcionarios de justicia.
De esta forma, no renuncias a ninguna de tus plazas como funcionario de Justicia, sino que la que no vayas a ocupar, la dejas en excedencia.
La ventaja de esto es que sigues siendo el titular de esa plaza y la puedes volver a ocupar en el momento que te interese (por ejemplo, por que participes en el concurso de traslados y te otorguen un destino que te convenga).
La plaza que queda en excedencia, será ocupada por un funcionario interino de la bolsa de interinos de la Comunidad Autónoma donde esté situada.
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Ángela
Buenos días Patricia,
¡Muy interesante tu post!, con respecto a este tema yo tengo una duda, si una persona aprueba 2 oposiciones y no renuncia a ninguna porque la quiere utilizar para un concurso traslado pero finalmente nunca la llega a necesitar y pasa el tiempo y nunca la utiliza, ¿existe algún límite de tiempo en el que la administración le obligue a renunciar o en cambio puede tener 2 hasta que se jubile?.
La verdad que, respetando el derecho que actualmente todo funcionario tiene a poder quedarse las 2 plazas, considero que la administración debería de cambiar la regulación y obligar a escoger porque, si lo que se pretende con esta convocatoria es consolidar empleo y reducir el número de interinos, no creo que se vaya a conseguir cuando a lo mejor un 25% de las plazas de toda España de tramitación procesal van a seguir siendo ocupadas por interinos. Por no decir que habrá gente con dos plazas y otro con ninguna cuando a lo mejor la diferencia de puntos que puedan tener entre ellos sea mínima.
Muchas gracias.
Un saludo.
Patricia Israel
Hola Ángela!
Así es actualmente. Nadie te obliga a renunciar a tus plazas como titular. Por ahora, así está la regulación.
Un saludo y gracias por tu comentario!
Patricia Israel
Esperanza
Qwe pasa cuando un trabajador aprueba 2 opciones para ser funcionario en la misma empresa y SA ca más puntos en un puesto qwe Enel otro puesto de trabajo a donde entonces quedaría de funcionario sendo la misma empresa
Patricia Israel
Hola Esperanza,
Lo siento pero no comprendo tu pregunta. ¿A qué te refieres con ser funcionario en una empresa?
María
He comprobado que estoy aprobada en dos convocatorias de la misma oposición para idéntica categoría al salir ambas publicadas en fechas consecutivas. Quería conocer
si es posible tomar posesión de ambas plazas y después solicitar excedencia en una. El motivo es que en la primera donde está más avanzado el proceso, estoy al
final de la lista y es posible que el destino sea bastante alejado y/o a tiempo parcial, en cambio en la segunda tengo más opciones cuando salga la elección de destino.
En definitiva, quería saber la forma mejor forma de proceder. También donde dirigirme o legislación aplicable para ampliar información sobre este tema.
Patricia Israel
Hola María,
Según tu mensaje, no me queda claro si te refieres a las oposiciones de justicia. Mi recomendación es que te dirijas a los sindicatos o a la administración que lleva tus oposiciones. En cada caso, se aplica una legislación diferente.
Un saludo,
Patricia Israel