>  Oposiciones a la Administración de Justicia   >  Gestión Procesal   >  ¡Nuevo borrador de convocatoria de Gestión Procesal!

El Ministerio de Justicia ha hecho llegar a los sindicatos un nuevo borrador de la convocatoria de Gestión Procesal y Administrativa turno libre. Todo ello, se discutirá en la reunión del próximo día 29 de abril, es decir, es un BORRADOR, nada es definitivo y todo puede cambiar.

Sin embargo, os pongo a continuación el enlace para que podáis consultar las bases propuestas de la próxima convocatoria de Gestión Procesal.

Patricia Israel oposiciones justicia¿Y sobre Tramitación y Auxilio Judicial?

A día de hoy, no se han hecho públicos nuevos borradores pero quizás, éste nuevo borrador de Gestión, nos de bastante pistas de lo que podrían ser las bases de Tramitación y Auxilio Judicial.

¿Qué novedades introduce este nuevo borrador de convocatoria de las bases de Gestión?

En la valoración de méritos es donde ha habido más novedades:

  1. Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español: 13 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho, 7 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho, 5 puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o master oficial y 4 puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 13 puntos.

Se valorarán todos los títulos y grados válidos aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo.

2. Historial profesional (hasta un máximo de 7 puntos)

2.1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de Justicia, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo:

      • Cursos de entre 11 y 29 horas……………… 0,3  puntos
      • Cursos de entre 30 y 59 horas………………. 0,6 puntos
      • Cursos de 60 o más horas………………..… 0,9 puntos

No se valorarán los cursos siguientes:

  • Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas, ni aquellos en que no se acredite el aprovechamiento.
  • Los que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valoración en el apartado A de este baremo.
  • Los derivados de procesos selectivos ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

2.2. Cursos de formación en informática, impartidos o convocados, en los últimos diez años, por el Ministerio de Justicia, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo:

        • Cursos de entre 11 y 29 horas …………..  0,3 puntos
        • Cursos de entre 30 y 59 horas …………..  0,6 punto
        • Curso de 60 o más horas…………………. 0,9 punto

Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 10 o menos horas lectivas, ni tampoco aquellos en los que no conste el aprovechamiento.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado B es de 7 puntos; hasta 5 en el apartado B-1 “conocimientos jurídicos” y hasta 2 en el apartado B-2 “conocimientos de informática”.

3. Conocimiento de idiomas extranjeros (Hasta 2 puntos)

Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el cuadro de equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas, y el de categoría superior incluye el previo:

  • Conocimientos de nivel C1 o c2 (usuario independiente): 2 puntos.
  • Conocimientos de nivel B1 o B2 (usuario competente): 1 punto.
  • No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental.

4. Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015 y 2016 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración Públicas: máximo 13 puntos.

  • Por cada examen aprobado de convocatorias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: 2,5 puntos; por una nota entre 80-100 puntos: 4,3 puntos.
  • Por cada examen aprobado de convocatorias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: 2 puntos; por una nota entre 80-100 puntos: 3,8 puntos
  • Por cada examen aprobado de otros Cuerpos de la Administración de Justicia (excluido Letrados de la Administración de Justicia): 0,40 puntos.

5. Servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004 como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración (hasta un máximo de 34 puntos).

  • Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia): 0.30 puntos
  • Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la administración de Justicia): 0.25 puntos.
  • Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces o Fiscales: 0.20 puntos.
  • Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0.15 puntos.

Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.

 

Estaré muy pendiente de la reunión del día 29 y os informaré de las noticias que vayan saliendo durante el día. Si queréis estar al tanto, estaré más activa en mi perfil de Instagram.

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